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Tratan el proyecto que establece menos restricciones a la compra de tierras rurales por extranjeros

El proyecto que trata el Senado este jueves 16 modifica leyes ambientales y territoriales, reduciendo protecciones tras incendios, especialmente fuera de bosques nativos. Limita la capacidad del Estado para expropiar y amplía las compensaciones a los propietarios.

Este jueves 16, un día después de la semifinal de la Copa Mundial en la que la Argentina le ganó a Inglaterra, el Senado argentino trata el proyecto de ley de inviolabilidad de la propiedad privada, presentado por el Gobierno de Javier Milei en marzo

La iniciativa fue impulsada por el ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger (foto), con el argumento de “eliminar restricciones ilegítimas que limitan el contenido esencial del derecho de propiedad, fortalecer su protección y profundizar en el camino de promover la seguridad jurídica”, pero fue modificada en su tratamiento en comisiones. Viene a generar cambios en el régimen de expropiaciones, modificaciones en los procesos de desalojos y reformas a leyes como la de tierras rurales y la de manejo del fuego.

La ley de expropiaciones vigente (desde 1977) establece que se debe satisfacer el principio de “utilidad pública” para que tenga lugar una expropiación. El Gobierno estableció en el proyecto una definición más restrictiva de esto, al marcar que “deberá identificar en forma específica y concreta el fin perseguido, y la expropiación del bien deberá ser idónea, necesaria y proporcional para alcanzarlo”. Además, la iniciativa dispone cambios en las indemnizaciones.

Por otro lado se vienen cambios sobre la Ley de Manejo del Fuego. Hasta ahora está establecido que el propietario de un terreno incendiado -tanto en bosques nativos e implantados como en áreas naturales protegidas y humedales- durante 60 años no puede realizar cambios de uso del suelo, lotearlo y/o venderlo.

El Gobierno de Milei buscó eliminar completamente las prohibiciones para las áreas de uso rural y las mantenía parcialmente para los bosques nativos, sólo en el caso del cambio del uso del suelo, pero el dictamen del Senado rechazó todos los cambios referidos a los bosques nativos (manteniendo la veda de 60 años para evitar la especulación inmobiliaria), y aceptó parcialmente algunas modificaciones al uso de la tierra rural (se elimina el plazo de 30 años de veda para venta o cambio de uso).

El proyecto oficial plantea cambios en la Ley de Tierras Rurales, que actualmente considera que las tierras en manos de titularidad extranjera no pueden exceder más de un 15% del total de tierras a nivel nacional, provincial o municipal.

La ley vigente establece que ninguna nacionalidad extranjera puede superar el 30% de ese 15% permitido, y que un mismo titular extranjero no puede tener más de 1.000 hectáreas en zona núcleo o superficie equivalente según la ubicación territorial.

El proyecto del Gobierno de Milei eliminó esas restricciones, pero el Senado en su dictamen les dio la facultad a las provincias para autorizar, regular o vetar las ventas de parcelas a extranjeros dentro de su jurisdicción.

Por otro lado, el proyecto oficial fija límites para los Estados extranjeros y sus instrumentos (organismos, empresas públicas, fondos fiduciarios estatales), a los que les prohíbe adquirir tierras, pero admite que esa prohibición puede levantarse si el Ejecutivo determina que la operación no representa un “riesgo a la seguridad, defensa y soberanía nacional”.

En otro orden, la reforma impulsada por el mileismo modifica artículos del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación y del Código Civil y Comercial de la Nación, apuntando a acelerar el proceso de desalojo, facilitar la ejecución anticipada antes de la sentencia y reducir las posibilidades de defensa del ocupante.

 

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